La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos y elementos de prueba que permitieron obtener el fallo condenatorio en contra de L.F.G.R. al comprobarse su responsabilidad penal en el delito de violencia familiar, por lo que fue sentenciado a dos años de prisión en un procedimiento de juicio abreviado en Mérida.
Después de contar con la anuencia de las partes involucradas, se celebró el citado procedimiento abreviado, donde el Juez Segundo de Control declaró culpable al acusado y lo sentenció, además de a la pena de prisión, a recibir amonestación pública, se le suspendieron sus derechos políticos y también se le prohibió acercarse a la víctima y al lugar de los hechos por tres años después de compurgar su pena privativa de la libertad.
Los hechos ocurrieron el 14 de abril del presente año, en el interior de un predio ubicado en el fraccionamiento Juan Pablo II, donde el sentenciado ejerció violencia física y psicológica en contra de su pareja sentimental, por lo que se presentó la formal denuncia que derivó en la causa penal 129/2023.
Al término de la audiencia se informó que las partes renunciaron al plazo para apelar la citada sentencia, por lo que quedaron en firme las penas mencionadas.