El pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general, con 316 votos a favor, 129 en contra y 23 abstenciones, el paquete de reformas y la creación de una nueva ley federal que regulan el consumo de la marihuana en México, su uso con fines de investigación y el aprovechamiento industrial de sus derivados, y que dota a la Comisión Nacional contra las Adicciones (Conadic) del control de este proceso con la emisión de las diferentes licencias.
El dictamen que crea la Ley Federal para la Regulación del Cannabis y modifica la Ley General de Salud y el Código Penal para legalizar el cultivo, la producción, el consumo, la distribución, la industrialización y la venta de la marihuana bajo control federal fue avalado en lo general por el grupo parlamentario de Morena, sus partido aliados y los partidos de la Revolución Democrática (PRD) y Movimiento Ciudadano.
Una vez que sea aprobado en lo particular será devuelto al Senado debido a que se le realizaron varios cambios a la propuesta que envió esta Cámara en diciembre pasado.
Esta regularización en el consumo de la marihuana obedece a un mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en 2018 declaró inconstitucionales cinco artículos de la Ley de Salud, por lo que ordenó al Congreso legislar en la materia y permitir el libre desarrollo de la personalidad y la autonomía personal de los usuarios de la cannabis.
El Senado tiene hasta el 30 de abril para aceptar o rechazar los cambios hechos por la Cámara revisora.
El principal componente de este paquete de reformas es la regulación del consumo y aprovechamiento de la marihuana. Para ello se prevé la creación de Ley Federal para la Regulación del Cannabis, la cual a su vez contiene un aparato normativo para almacenar, aprovechar, comercializar, consumir, cosechar, cultivar, distribuir, empaquetar, etiquetar, exportar, importar, investigar, patrocinar, plantar o portar, tener o poseer; preparar, producir, promover, publicitar, sembrar, transformar, transportar, suministrar, vender, y adquirir bajo cualquier título, cannabis.
Con estos cambios se permite, por ejemplo, que una persona mayor de 18 años porte hasta 28 gramos de marihuana, uno de los puntos que fueron cuestionados por la oposición, que señaló que se mantendría el carácter punitivo en la ley.
En caso de que una persona sobrepase esta posesión, y siempre y cuando no se rebasen los 200 gramos de cannabis, será remitida a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas.
En su caso, la sanción será una multa de entre 60 a 120 veces el valor diario de la UMA. No obstante, se prevén penas de prisión de hasta 15 años por portar más de 300 gramos.