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48 años de prisión a homicida de chofer de plataformas digitales en Yucatán

El Tribunal Segundo de Juicio Oral del Poder Judicial del Estado de Yucatán impuso la pena de 48 años de prisión a Víctor Manuel G. P.  a quien, luego de un juicio oral que inició el pasado 7 de agosto, encontró penalmente responsable de los delitos de homicidio calificado, robo cometido con violencia y robo de vehículo automotor cometido con violencia.
Los integrantes de este Tribunal suspendieron los derechos políticos del sentenciado, le negaron los beneficios sustitutivos de prisión y le impusieron una multa de $33,458.00 M.N.
Los Jueces que conforman el Tribunal Segundo de Enjuiciamiento, Verónica de Jesús Burgos Pérez, María del Socorro Tamayo Aranda y Sergio Javier Marfil Gómez, determinaron también el pago de la reparación del daño por la cantidad de $4,338,000 M.N.
Durante los días que duró este juicio oral, los Jueces y Juezas de este Tribunal apreciaron las pruebas, peritajes y testimonios de forma directa e imparcial, así como también escucharon los alegatos de la defensa con lo cual, luego de un análisis y valoración, pudieron arribar al fallo de culpabilidad y, posteriormente, al establecimiento de las penas, acorde con lo establecido en la ley.
La acusación objeto del juicio se basó en los siguientes hechos:
«Que el día 3 de mayo de 2019, el acusado, en compañía de una persona de sexo masculino, se puso de acuerdo para apoderarse de un vehículo automotor, para lo cual solicitaron un servicio de transporte por aplicación digital, el cual arribó entre las 22:00 horas y 22:30 horas, a calles del Centro de esta ciudad.
Dicho vehículo, de marca Chevrolet, tipo Beat, era conducido por la hoy víctima (Edgar Armando González Meneses), mismo vehículo que abordaron el hoy acusado y su acompañante y se dirigieron hacia la comisaría Hubilá, perteneciente al municipio de Tixkokob, Yucatán.
Al estar a la altura del sector noroeste de la carretera Euán-Ekmul, Yucatán, por medio de la violencia moral y con un arma de fuego, despojaron al referido chofer del citado vehículo automotor y se apoderaron del mismo, así como de un teléfono celular que traía consigo.
Instantes después del apoderamiento de ambos objetos, en ese mismo territorio, el acusado privó de la vida a la víctima utilizando un arma de fuego, determinándose como causa de muerte traumatismo craneoencefálico secundario a herida por arma de fuego, según peritaje de la Fiscalía Estatal».

 

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