Tras contar con la anuencia de las partes involucradas, se celebró un procedimiento de juicio abreviado, donde M.A.M.S. fue declarado penalmente responsable del delito de violencia familiar denunciado por su hermana y sentenciado a nueve años, 11 meses y 29 días de prisión por los hechos registrados en el fraccionamiento Ciudad Caucel.
Después de aceptar su responsabilidad el acusado fue sentenciado, además de la pena privativa de la libertad, al pago de la reparación del daño, se le prohibió acercarse a la víctima y su domicilio por tres años más después de compurgar su pena en prisión, se solicitó que se le negaran los beneficios de sustitución de sanciones y le fueron suspendidos sus derechos políticos y recibió amonestación pública.
La Fiscalía General del Estado (FGE) aportó los datos y elementos de prueba reunidos en la causa penal 23/2025, desahogada ante la Juez Primera de Control del Primer Distrito con sede en Mérida, estableciendo que los hechos ocurrieron el ocho de enero del presente año, cuando el sentenciado agredió psicológica y emocionalmente a su hermana en el predio ubicado en Ciudad Caucel.
Por último, se dispensó la lectura y explicación de sentencia, por lo que quedan en firme las presentes penas señaladas.