Tras contar con la anuencia de ambas partes, se celebró un procedimiento de juicio abreviado, donde R.H.D. fue declarado penalmente responsable del delito de violencia familiar y sentenciado a tres años de prisión por los hechos ocurridos el mes de abril pasado en agravio de su ex pareja sentimental, en calles de la colonia Emilio Portes Gil de esta ciudad.
En la audiencia celebrada en el Centro de Justicia Oral de Mérida, la Fiscalía General del Estado (FGE) aportó las pruebas suficientes, para que el acusado fuera sentenciado, además de la pena de prisión, al pago de la reparación del daño, a recibir amonestación pública y se le prohíbe acercarse a la víctima por tres años más después de compurgar su pena en prisión.
Cabe recordar que durante la etapa inicial del proceso, esta representación social realizó la indagatoria pertinente de la causa penal 123/2023, misma que permitió establecer que los hechos ocurrieron el siete de abril del año pasado en la vía pública en la colonia Emilio Portes Gil, donde el acusado agredió de forma física, psicológica y patrimonial a la denunciante, con quien sostuvo una relación, pero se habían separado y el encausado le pedía que volvieran a estar juntos. Ante la negativa de la afectada, el imputado la sujetó de un brazo, además de amenazarla verbalmente y dañar su teléfono celular.
Por último, se programó una audiencia para la lectura y explicación de la sentencia, pero se prescindió de la misma pues se dispensó la lectura, quedando en firme las penas señaladas previamente.ResponderResponder a todosReenviar