Ante el requerimiento que realizara el Juzgado Segundo de Distrito con sede en esta ciudad, por el adeudo con Banco Santander, esta tarde se llevó a cabo una diligencia, en la cual el Ayuntamiento de Mérida cumplió su obligación presentando un plan de pagos, mismo que ya había sido planteado desde enero del año 2019 y que se volvió a exhibir el 11 de agosto pasado.
Cabe señalar que el Ayuntamiento cuenta con una prerrogativa para que, ante una obligación judicial pueda cumplir con la misma mediante el pago en parcialidades, a fin de no afectar los programas prioritarios y la debida prestación de los servicios públicos.
No obstante lo anterior Banco Santander intentó señalar bienes que por su naturaleza son inembargables, lo cual no puede producir efectos adversos al municipio.
Los bienes y cuentas públicas son inembargables de acuerdo con los Arts. 9 de la Ley de Coordinación Fiscal; 8 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Yucatán, así como 19, 21 y 22 de la Ley de Bienes del Estado de Yucatán; el 151 de la Ley de Gobierno de los Municipios del Estado de Yucatán y el 42 de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Estado y Municipios de Yucatán.
Los ciudadanos pueden estar tranquilos que seguiremos recurriendo a todas las herramientas legales a nuestro alcance para defender el patrimonio de todas y todos.
En marzo de 2011, el Ayuntamiento de la capital de Yucatán firmó un contrato de arrendamiento con opción a compra de luminarias con AB&C Leasing para el municipio, quien posteriormente transmitió los derechos de ese arrendamiento a Banco Santander México, notificándolo a las autoridades correspondientes.
Sin embargo, ese mismo año con el cambio de administración de Mérida, se notificó al banco que no se cubrirían las cuotas del contrato argumentando que el Cabildo no había autorizado la transmisión de derechos por un monto de 588 millones 761 mil 81 pesos con 17 centavos.
A partir de entonces, comenzó una serie de litigios en los que el Ayuntamiento no obtuvo resolución a su favor. En 2014 el Juez Tercero de Distrito en Materia Civil de la Ciudad de México, Felipe V Consuelo Soto, condenó al municipio de Mérida a pagar el adeudo al banco, ya que tanto el contrato como la transmisión de derechos eran legales.